martes, 21 de mayo de 2013

Ley 26.589 ( Mediación)

Procesos Judiciales. Mediación previa obligatoria 
sanc. 15/04/2010 ; promul. 03/05/2010 ; publ. 06/05/2010 

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: 

Art. 1.- Objeto. Se establece con carácter obligatorio la mediación previa a todo proceso judicial, la que se regirá por las disposiciones de la presente ley. Este procedimiento promoverá la comunicación directa entre las partes para la solución extrajudicial de la controversia. 
Art. 2.- Requisito de admisión de la demanda. Al promoverse demanda judicial deberá acompañarse acta expedida y firmada por el mediador interviniente. 
Art. 3.- Contenido del acta de mediación. 


Ley 26.853 (modificación al CPCC)


Cámaras Federales de Casación. Creación. Recursos de Casación, de Inconstitucionalidad y Revisión. Modificación

sanc. 24/04/2013 ; promul. 09/05/2013 ; publ. 17/05/2013
El Senado y Cámara de Diputados
de la Nación Argentina
reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de
Ley:
ARTICULO 1° - Créanse la Cámara Federal de Casación en lo Contencioso Administrativo Federal, la Cámara Federal y Nacional de Casación del Trabajo y la Seguridad Social y la Cámara Federal y Nacional de Casación en lo Civil y Comercial, todas ellas con sede en la Capital Federal, las que se regirán conforme la organización y competencias que se establecen en la presente ley.
ARTICULO 2° - La Cámara Federal de Casación en lo Contencioso Administrativo Federal conocerá los recursos de casación, inconstitucionalidad y revisión interpuestos contra las sentencias dictadas por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal y por las demás Cámaras Federales de Apelación del país en causas contencioso-administrativas federales.

Extinción Contrato Laboral, multa-Improcedencia (Dcho. Laboral)

Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala II
Fecha: 21/02/2013
Partes: Gómez Robles, Jorge A. v. Transportes Olivos S.A.

CONTRATO DE TRABAJO - Extinción - Despido sin causa - Falta de pago en término - Multa - Improcedencia - Mora del trabajador - Negativas reiteradas a recibir la indemnización - Certificado de trabajo - Negativa infundada a recibirlo
Expediente: 4591/2010
2ª INSTANCIA.— Buenos Aires, febrero 21 de 2013.
La Dra. González dijo:
Llegan los autos a la Alzada en virtud del recurso de apelación deducido por la parte demandada en los términos y con los alcances que explicita a fs. 170/172.

Sociedad Anónima, Pesificación, esfuerzo compartido (Dcho. Societario)

Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, sala B
Fecha: 22/04/2013

Partes: Ruffolo, José L. y otro v. Ohanessian, Alvaro R. y otros

SOCIEDADES (EN PARTICULAR) - Sociedad anónima - Acciones - Actos jurídicos con acciones - Compraventa- Efectos respecto del comprador- Pago del precio- Emergencia economica- Pesificaciòn- Esfuerzo compartido- Tasa- Refinanciaciòn- Efectos respecto del fiador- Abuso de firma en blanco- Prueba

2ª INSTANCIA.— Buenos Aires, abril 22 de 2013.
¿Es arreglada a derecho la sentencia apelada?
La Dra. Piaggi dijo:
I. Antecedentes facticiales del proceso
1. El 11/3/2005 (fs. 11/24) José L. Rúffolo y Julia A. Rúffolo demandaron a Álvaro R. Ohanessian, Daniel M. Ohanessian y, Nélida H. Budakyan, por cumplimiento de contrato y cobro de u$s 466.950, con más intereses y costas.
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