Como una humilde contribución más, a la agilización de la administración de Justicia, puesta desde lustros, en el tapete de la discordia y de las quejas de los operadores de justicia y de los mismos justiciables, vuelvo a traer un viejo trabajo efectuado hace algunos años respecto a algunas modificaciones que deberían ser incluidas en una futura reforma al Código Procesal Civil de la Provincia y de la Nación.
Tal vez no sean cambios profundos, los cuales deben ser necesariamente producto de un trabajo más extenso.
Mucho hay que modificar indudablemente y tal como se pretende realizarlo con el Código Civil, no es ajeno a nadie, la falencia estructural actual de nuestra codificación, está plagada de parches y no de una seria adecuación al avance actual de la sociedad.
Soy un convencido que los cambios en la justicia, no solo deben ser interpretados analíticamente sino que se deben ser fruto de aportar nuevas propuestas y soluciones que acompañen y se encaminen a una nueva visión de los “nuevos tiempos que corren”.