En la ciudad de Pergamino, el 25 de septiembre de 2013, reunidos en Acuerdo Ordinario los Sres. Jueces de la Excma. Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial Pergamino, para dictar sentencia en los autos N° 1876-13 caratulados "ALARCON, SANDRA EDITH C/ DELGADO, NESTOR JAVIER S/ COBRO DE HONORARIOS", Expte. Nº 3955 del Juzgado de Familia Nº 1, se practicó el sorteo de ley que determinó que la votación debía efectuarse en el siguiente orden: Roberto MAnuel DEGLEUE, Graciela SCARAFFIA y Hugo Alberto LEVATO, y estudiados los autos se resolvió plantear y votar las siguientes:
C U E S T I O N E S:
I) ¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?
II) ¿Qué pronunciamiento corresponde dictar?
A la PRIMERA CUESTION el señor Juez Roberto Manuel DEGLEUE dijo:
El magistrado de la anterior instancia falló rechazando las excepciones de falta de acción y de pago interpuestas por el ejecutado, y mandó llevar adelante la ejecución hasta tanto el Sr. Néstor Javier Delgado haga a la acreedora Sandra Edith Alarcón íntegro pago del capital reclamado compuesto por honorarios, aportes de ley, intereses desde que venció el plazo establecido por el art. 54 de la ley 8904 y costas de la ejecución, difiriendo la regulación de honorarios por la presente ejecución hasta que obre en autos liquidación firme.-