Por el Dr. Claudio Oscar Giannone
Actualmente notamos con mayor asiduidad, quienes recorremos ardua e incansablemente los pasillos de Tribunales, como algunos profesionales situados del “otro lado del mostrador”, se empecinan tozudamente en re-elaborar a su propio gusto y piachere uno de los principios procesales más importantes del derecho: El principio de economía procesal.
Estos “seudo-manufactureros” del derecho cristalizan sus delirios mediante requerimientos que de lo insólito de su planteamiento, llegan incluso a exasperar al espíritu abogaril más templado: Despachos ridículos sin fundamento procesal alguno, creación de nuevos instructivos para la confección de oficios de informes, regulaciones profesionales por debajo del límite establecido por la ley de aranceles, preveer dos veces y en forma distinta una misma e idéntica petición de parte, horas de espera para ser atendido por los oficiales que llevan los expedientes ( Los famosos números), “medias horas” de tolerancia en audiencias que se transforman en horas enteras, cambios de criterios de los Tribunales un día para otro y la lista podría seguir hasta el infinito.
Muchos de nosotros, nos planteamos en las famosas charlas de café, si estos personajes hacen lo que hacen por desconocimiento absoluto del derecho o porque tienen como entretenimiento, hacernos la vida imposible a los litigantes.
Es claro, que a nadie le importa si los profesionales tenemos otras diligencias judiciales, otras asuntos que demanden nuestra atención, total....somos meros y simples “patea pasillos”, que nos ganamos fácil los honorarios por no hacer nada Por ello, es que a veces uno, ante tanta estupidez (pero eso si “legalizada”) experimenta estados de ánimos que pasan de la “amabilidad” extrema, la paciencia excesiva, a la “furia” descontrolada, tan rápidamente como un simple parpadeo. (Es interesante proyectar el término "furia" desde una mirada hermenéutica, y rastreando desde la mitología, entendida esta como una verdadera "heráldica de las masas": "las furias", entidades femeninas, eran cada una de las divinidades encargadas de ajusticiar los delitos, los abusos, agitando y atormentando los sueños de los hombres con angustias y remordimientos. Las Furias: Alecta, Tisífone y Megera eran hijas de Aqueronte y la Noche. Y en la antigua Grecia se las representaba con el cabello suelto, entretejido de culebras y cubiertas con túnicas negras, y siempre en actitud de rebeldía, en actitud "furiosa".En la tragedia "Orestes" de Esquilo, se las llama las Euménides y las Erinias, siendo estas divinidades muy arcaicas, asociadas a las fuerzas vitales de la naturaleza, encargadas de salvaguardar las leyes y el orden natural. Verdaderos seres de la reparación moral, ejecutoras de la justicia y del castigo a los culpables. )
Es que la irritación furiosa que este principio de derroche procesal provoca es de tal entidad que muchos de nosotros quisiéramos emular a Bill Foster ( Interpretado por el actor norteamericano Michel Douglas) en el film "Falling down" ( Un día de furia).
Empero, más allá que que nuestras pesadillas mas desbordadas pudieran sugerir, evidentemente no lleguemos nunca a ese extremus de violencia “gráfica” plasmada y materializada.
A esta altura, debemos tratar de desgranar, en que consiste este nuevo principio de derroche procesal, de aplicación cada vez más creciente en nuestros Tribunales.
Como es lógico, debemos tener en claro, que este imaginario principio no escrito, es la antítesis del principio rector de la economía procesal, (Del lat. oeconomĭa, y este del gr. οἰκονομία.:Administración eficaz y razonable de los bienes. Ahorro de trabajo, tiempo o de otros bienes o servicios. Reducción de gastos anunciados o previstos) comprensivo de todas aquellas previsiones que tienden a la abreviación y simplificación del proceso, evitando que su irrazonable prolongación torne inoperante la tutela de los derechos e intereses comprometidos en él.
Dicho en otras palabras: Contempla la disminución de los recursos suspensivos, con lo cual se acorta los términos del procedimiento, buscando la celeridad de los procesos y la obtención de la pretensión en un tiempo razonable.
El derroche (Entendido este, como todo aquel Gasto excesivo y superfluo) procesal sería un: Principio comprensivo de todas aquellas previsiones, trabas, que tienden a la ampliación y extensión del proceso, creando razonable prolongación e inoperante anti-tutela de los derechos e intereses comprometidos en él.
Dos de los pilares que considero fundamental o “fundacional” de este principio, lo constituye: La estupidez y la ignorancia.
Entendemos la ignorancia (Del lat. ignorantĭa) como la falta de ciencia, de letras y noticias, general o particular. Es desconocimiento y falta de atención a un hecho, una persona, una idea, una forma de ser.
Sobre la ignorancia, se ha dicho: “Nuestra mayor ignorancia es no saber que no sabemos. La arrogancia es ceguera cognitiva. Es volverse ciego al conocimiento Si usted no sabe que sabe, cree que no sabe. Por otro lado, si cree que sabe y no sabe, actúa como si supiese. Esto puede provocar graves consecuencias. Lo peor de ella es que a medida que se prolonga, adquiere confianza” Nada más exacto y acertado.
Pero, la ignorancia no esta sola, tiene discípulos incondicionales: Los ignorantes.
Existen muchas clases de ignorantes, pero aquellos que nos interesan son los que denomino:”Ignorantes judicializados de rango”, definidos estos, como aquellos individuos con título profesional de abogado capaces de transmitir su ignorancia a otras personas ( Los judiciables), mediante una serie de técnicas de monologo absurdo, proveimientos ridículos y como si esto no fuera suficiente, a manera de “bonus track:” tozudez en la escucha, que hacen de ellos, una perfecta correa de transmisión de pensamientos idiotizantes.
Estos engendros aparecen envueltos en un viso de cultura –aunque no la tengan en realidad, ni hablar de una seria formación académica– son vistos como personas capacitadas educadas por aquellos cuya especialidad es otra.
La ignorancia se manifiesta en el momento en que el ignorante judicializado no tiene los elementos teóricos ( y ni que hablar de los prácticos)- conceptuales necesarios para interpretar la realidad, cuando su formación no le permite llevar la información al plano del conocimiento, del saber.
Hay que recordar que ser ignorante no significa que no se sea inteligente o suspicaz, o ingenioso y hasta brillante en el arte de complicar lo incomplicable y hasta tener una buena posición dentro del gran “CIRCULO JUDICIAL” convierte sus criterios en verdades absolutas. Pero el ignorante tiene un problema: sus lecturas no organizadas y su falta de estructura a la hora del análisis, aunque sea una estructura equivocada, le impide ver con orden lo que acontece alrededor suyo.
Así llegamos a la conclusión final que la ignorancia resulta ideal para el derroche procesal puesto que la misma nace crece y se nutre con la incansable práctica de- los cada vez más- ignorantes judicializados, que como disciplinados soldados, siempre se encuentran prestos a encarar nuevas batallas contra la lógica, la coherencia y el despilfarro de la actividad jurisdiccional.
El segundo pilar de este nuevo principio, como ya lo hemos dicho, lo conforma la estupidez.
uno de los problemas de la Estupidez es que nadie tiene una definición realmente buena de lo que es.
De hecho los genios son a menudo considerados estúpidos por una mayoría estúpida.
La fuente más grande de los terribles errores en nuestra profesión, es la pura estupidez “legalizada”.
Cuando se combina con otros factores (como sucede con la ignorancia) los resultados pueden ser devastadores.
Así las cosas, y como no podían faltar- si la ignorancia tiene a los Ignorantes judicializados de rango”, la estupidez, posee a los estúpidos judicializados rasos.
Estos suelen combinarse y aglutinarse instantáneamente en un grupo o masa super-estúpida, en tanto que la gente medianamente coherente son efectivas como grupo solamente cuando se conocen bien entre sí y tienen experiencia en trabajo de equipo.
Cuando la estupidez de una persona se combina con la estupidez de otras, el impacto crece de manera geométrica --es decir, por multiplicación, no adición, de los factores individuales de estupidez.
La creación de grupos bien sintonizados de profesionales del derecho que compartan la coherencia legal puede generar razonablemente poderosas fuerzas anti-estúpidas, pero (a diferencia del aglutinamiento de estupidez) necesitan planeación organizada y actualización; y pueden perder gran parte de su efectividad por la infiltración de gente estúpida o por los brotes inesperados de estupidez en gentes que por lo demás son inteligentes.
En algunas situaciones el derroche procesal, es tan evidente y hasta alevoso, que como sonoro cachetazo despabilante, nos hace tomar seria y real conciencia de cuan peligroso es y que de su constante práctica, puede provocar impactos potencialmente devastadores más inmediatos ( En cualquiera de sus dos variantes: la furia descontrolada de los profesionales o el daño substancial a grandes números de gentes no estúpidas antes de que se auto destruya).
Lo peor de todo, es que la gente estúpida no sabe que son estúpidas, y esta es una razón más por que son extremadamente peligrosos.
Lo anterior me hace estremecer con solo pensarlo: ¿ Es entonces que cuando permito el derroche procesal soy de pensamiento lento?
Al responderme retóricamente la pregunta, quedo con un pequeño asomo de esperanza: muy a menudo estoy intensamente consciente de cuan estúpido soy ( o he sido). Y esto indica que no soy completamente estúpido.
Menos mal que aparentemente a través de la ciencia se ha encontrado la causa ( Y seguramente en un futuro no lejano, su posible cura), origen de la estupidez.
Según el bioquímico estadounidense James Watson (Premio Nobel de Medicina en 1962): "La estupidez es genética y puede curarse"... ¿ Llegará definitivamente la cura?, ¿ Se podrá eliminar uno de los pilares del derecho procesal? ...Muchos abogados estaremos agradecidos
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