Por el Dr. Claudio Oscar Giannone
I .- INTRODUCCIÓN:
Este tema, muy poco explorado en la actualidad, es raramente tratado en los Tribunales de Familia o muy pocas veces analizado, por lo que considero, que tiene suma importancia, a la hora de trabajar la conflictiva familiar fruto de una separación, máxime si tenemos en cuenta, que los Tribunales, tienden por sobre todas las cosas a salvaguardar el interés superior de los menores involucrados, por lo que este fenómeno, por así llamarlo, es una cuestión que debe ser analizada con sumo cuidado por parte del cuerpo interdisciplinario de los Tribunales al momento de elaborar sus informes y por los mismos Jueces al momento de decidir, a fin de evitar adoptar soluciones estériles y poco efectivas.
Así y como una primera aproximación al tema, debemos tener presente, que cuando existe en el matrimonio, un intento de uno de los padres, de desviar el amor de los hijos contra el otro de los padres, es la voz de alarma, que nos puede indicar que estamos en presencia de una posible alienación parental .
El primero en dar un nombre a este fenómeno, fue el psiquiatra Richard Gardner, denominándolo "síndrome de alienación parental",
Según el citado profesional, la alienación parental es un proceso que consiste en programar a un hijo para que odie a uno de sus padres sin que tenga justificación, denominando “progenitor alienador”, al padre que provoca este síndrome y “progenitor alienado”, a quien lo sufre.