martes, 26 de noviembre de 2013

CURSO PRACTICO SOBRE PRUEBA PERICIAL

ULTIMO EVENTO DEL AÑO: CURSO PRACTICO SOBRE PRUEBA PERICIAL a cargo de la Cal. Marta E. PEDERNERA ( Azul). SABADO 14 de DICIEMBRE 17 HS. EN SALON sito en 9 de Julio 2263-Olavarrìa. Se encuentran abiertas las PRE-INSCRIPCIONES Cal. Marta Edith Pedernera, radicada en Azul • Calígrafa Pública Nacional (Universidad de Morón), • 3º Año del Profesorado de Psicología (IFDyTNº2) • Técnica y Profesora en Grafología y Test (Sociedad Argentina de Grafología). • 18 años de ejercicio de Docencia. • Ex Calígrafa Oficial de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires. • Perito de la Profesión Libre. • Disertaciones en Jornadas y Congresos desde 1985 a la fecha (dirigidas hacia profesionales universitarios de diversas disciplinas científicas que engloba la Criminalística (Ingenieros Calígrafos, Psicólogos, Médicos, etc.) y que integran instituciones como Policías o Poderes Judiciales o bien particulares de la Profesión libre. • Dictado de cursos, como: Procedimiento para la Actuación Judicial en la Provincia de Buenos Aires, en la Asociación de Grafólogos de Azul. • Publicaciones de artículos en revistas especializadas como: “Carpetas del Derecho del Trabajo” “Pericias Magazine” y otras. • Iniciativa de creación, Acta Fundacional y miembro de Comisiones Directivas de la Asociación de Criminalística de la República Argentina (ACRA) • Miembro electo de las 3 comisiones Ad Hoc de adecuación de normativas para la creación de la Asociación Latinoamericana de Criminalística. • Miembro de Comisiones Directivas de la Asociación Latinoamericana de Criminalística. • Miembro del Comité científico en las II Jornadas Latinoamericanas de Criminalística llevado a cabo en la ciudad de Mar del Plata. • Distinciones: Diploma De Honor por los Servicios Prestados en la Asociación Brasilera de Criminalística por disertaciones y cursos. Diploma de Honor por la representación de la República Argentina en Brasil. Diploma “Amigo de la Policía de Brasil” por las disertaciones realizadas.

Fallo Camara de Apelaciones de Azul, el seguro debe responder por el asegurado borracho

"IGLESIAS,GRACIELA MARCELINA;TELLERIA VICTOR ALEJANDRO Y 

TELLERIA BARBARA DEBORAH C/MARQUEZ,ALFREDO ALBERTO S/ 

DAÑOS Y PERJUICIOS" 

JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 2 - AZUL 

Nº Reg. ............ 

Nº Folio .......... 

En la Ciudad de Azul, a los 7 días del mes de Noviembre de 2013 reunidos en Acuerdo Ordinario los Señores Jueces de la Excma. Cámara de Apelaciones Departamental -Sala I- Doctores Esteban Louge Emiliozzi y Ricardo César Bagú, encontrándose excusada a fs. 924 la 

Doctora Lucrecia Inés Comparato, para dictar sentencia en los autos caratulados: "IGLESIAS,GRACIELA MARCELINA;TELLERIA VICTOR ALEJANDRO Y TELLERIA BARBARA DEBORAH C/MARQUEZ,ALFREDO ALBERTO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS ", (Causa Nº 1-57741-2013), se procedió a practicar la desinsaculación prescripta por los arts. 168 de la Constitución Provincial, 263 y 266 del C.P.C.C., resultando de ella que debían votar en el siguiente orden: Doctores LOUGE EMILIOZZI - BAGU .- 

lunes, 18 de noviembre de 2013

Fallo Camara Contencioso Administrativo Federal. Confirma multa a comercio por declaraciòn engañosa ( Dcho. de Consumo)

Buenos Aires, 8 de octubre de 2013.- 

AUTOS Y VISTOS: 

Para resolver estos autos caratulados: "LUIS LOSI SA c/ DNCI-DISP 712/11 (Expte. S01:102944/09)"; y CONSIDERANDO: 

I. Que mediante la Disposición 712/11, del 1º de noviembre de 2011, el Director Nacional de Comercio Interior impuso a "LUIS LOSI SA", una multa de pesos seis mil ($ 6.000) por infracción al art. 8º, en concordancia con el artículo 2º, de la Resolución S.C.D. y D.C. Nº 07/2002, reglamentaria de la ley 22.802, por no indicar el precio de contado de dinero en efectivo correspondiente al importe total que debía abonar el consumidor, como así tampoco la razón social del oferente y su domicilio en el país. 

Camara de Apelaciones de Azul. Validez de testamento. Rechazo impugnaciòn por salud mental del testador

"FEDERICO, HECTOR JOSE C/ FEDERICO, ROBERTO Y OTRO S/ NULIDAD DE TESTAMENTO" 

JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 2 - TANDIL 
Nº Reg. ............ 

Nº Folio .......... 

En la Ciudad de Azul, a los 17 días del mes de Octubre de 2013 reunidos en Acuerdo Ordinario los Señores Jueces de la Excma. Cámara de Apelaciones Departamental -Sala I- Doctores Esteban Louge Emiliozzi, Lucrecia Inés Comparato y Ricardo César Bagú, para dictar sentencia en los autos caratulados: "FEDERICO, HECTOR JOSE C/ FEDERICO, ROBERTO Y OTRO S/ NULIDAD DE TESTAMENTO ", (Causa Nº 1-57729-2013), se procedió a practicar la desinsaculación prescripta por los arts. 168 de la Constitución Provincial, 263 y 266 del C.P.C.C., resultando de ella que debían votar en el siguiente orden: Doctores BAGU - COMPARATO - LOUGE EMILIOZZI .- 

Estudiados los autos, el Tribunal resolvió plantear y votar las siguientes: 

-C U E S T I O N E S- 

1ra. ¿Es justa la resolución de fs. 1028/1045? 

2da. ¿Qué pronunciamiento corresponde dictar? 

V O T A C I O N A LA PRIMERA CUESTION: el Señor Juez Doctor BAGU dijo: 

I)Llegan los actuados a esta Cámara, como consecuencia del recurso de apelación interpuesto por el Dr. Daniel Romeo en su calidad de apoderado de Héctor José Federico a fs. 1051 y concedido libremente a fs. 1052, contra el pronunciamiento de Primera Instancia dictado en el lugar indicado al plantear la cuestión. 
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