viernes, 31 de mayo de 2013

Hipótesis contrapuestas y opuestas en el derecho

SUSPENSIÓN CLASE TALLER LABORAL

AVISO IMPORTANTE: A todos quienes se encuentran cursando el Taller Laboral, les informamos que en virtud al paro de micros de larga distancia decretado para el día de hoy a partir de las 21 hs., la clase programada con el Dr. Rivera, para el 1 DE JUNIO DE 2013, se pasará para el DÍA 8 DE JUNIO

Ley 24013 ( Derecho laboral)

Ambito de aplicación ,objetivos y competencias. Regularización del empleo no registrado. Promoción y defensa del empleo. Protección de los trabajadores desempleados. Servicios de formación de empleo y de estadísticas. Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil.. Salario Mínimo, Vital y Móvil. Financiamiento. Organismo de contralor. Prestación transitoria por desempleo. Indemnización por despido injustificado. Disposiciones transitorias. 

Sancionada: Noviembre 13 de 1991 

Promulgada parcialmente: Diciembre 5 de 1991 

TITULO I 

Ambito de aplicación, objetivos y competencias. 

Ley 11653 ( Procedimiento Laboral Pcia Bs As)


Procedimiento de los Tribunales de Trabajo 
Capítulo I Competencia (Art. 1º a 6º) 
Capítulo II Disp.Generales de Procedimiento Recusaciones y Excusaciones (Art. 7º a 25º) 
Capítulo III Demanda y Contestación (Art. 26º a 31º) 
Capítulo IV Pruebas (Art. 32º a 42º) 
Capítulo V Vista de la causa, veredicto y sentencia (Art. 43º a 48º) 
Capítulo VI Proceso de ejecución (Art. 49º a 53º) 
Capítulo VII Recursos (Art. 54º a 57º) 
Capítulo VIII Disposiciones Especiales (Art. 58º a 65º) 

CAPITULO I – COMPETENCIA 

ARTICULO 1- Los Tribunales del Trabajo de la Provincia de Buenos Aires tendrán a su cargo la administración de la justicia laboral, en un todo de acuerdo con las disposiciones de la presente y de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 

ARTICULO 2- Los Tribunales del Trabajo conocerán: 

a) En única instancia, en juicio oral y público, de las controversias individuales del trabajo que tengan lugar entre empleadores y trabajadores, fundadas en disposiciones de los contratos de trabajo, en convenciones colectivas, laudos con eficacia de éstas, disposiciones legales o reglamentarias del derecho del trabajo y de las causas vinculadas con un contrato de trabajo aunque se funden en normas del derecho común. 
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