Mendoza, marzo 15 de 2013. 1ª Existencia de la relación laboral. 2ª Rubros reclamados. 3ª Costas. 1ª cuestión.— La doctora Esteban dijo: La actora denuncia haber sido empleada de la firma Metal 1. El contrato de trabajo, su extensión y categoría laboral no han sido motivo de desconocimiento por parte de las accionadas a través de sus contestaciones y resulta por otra parte respaldado mediante las constancias instrumentales obrantes en la causa (fs. 158/186). En atención a las prescripciones de los arts.1 inc. b) y 3 de la Ley 24.557, dada la naturaleza sistémica del reclamo, al estado que ha llegado la causa y en conformidad a la providencia obrante a fs. 136, finalizo el tratamiento de esta cuestión expidiéndose en que concluyo que esta Cámara tiene plena competencia para entender en la causa. Así voto. Los doctores Lorente y Farruggia dijeron que por sus fundamentos se adhieren al voto que antecede de la Dra. Eliana Esteban. 2ª cuestión.— La doctora Esteban dijo: II. a) Examen de la admisibilidad del reclamo reparatorio.
ASOCIACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO Y CENTRO INTEGRAL DE CAPACITACIÓN PROFESIONAL-UNIVERSITARIA
viernes, 5 de julio de 2013
Primer fallo de Mobbing del País ( Derecho Laboral)
Compartimos con ustedes, el primer fallo Argentino que reconoce al mobbing como causal de despido indirecto en el país
Ley Registro Nacional de Bancos Genèticos
Proyecto, transformado en ley que crea el Registro Nacional de bancos Genéticos vinculados a los delitos de índole sexual
jueves, 4 de julio de 2013
Boletín Oficial ( Argentina) del 4 de Julio de 2013
Les acercamos el boletín Oficial con las ultimas normas de la República Argentina, publicadas y correspondiente al 4 de Julio del corriente año.-
Suscribirse a:
Entradas (Atom)