CONTRATO DE TRABAJO
Pasantías - Régimen ley 25 013
Reforma laboral. Contrato de aprendizaje. Pasantías. Indemnización. Período de prueba. Preaviso. Ultraactividad. Modificación
Sancionada: 02/09/1998; promulgada: 22/09/1998; publicada: 24/09/1998
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de ley:
CAPÍTULO I
Art. 1.- (Texto según ley 26390, art. 22(*) Contrato de trabajo de aprendizaje. El contrato de aprendizaje tendrá finalidad formativa teórico-práctica, la que será descripta con precisión en un programa adecuado al plazo de duración del contrato. Se celebrará por escrito entre un empleador y un joven sin empleo, de entre dieciséis (16) y veintiocho (28) años.
(*) El art. 23 de la ley 26390 establece: "Cláusula transitoria. A todos los efectos, la edad mínima establecida en la presente se reputará como de quince (15) años hasta el 25 de mayo de 2010, en que comenzará a regir la edad mínima establecida en los dieciséis (16) años, y al objeto de la regularización de los contratos vigentes".
